Alcaldía
Cita con el Alcalde
Bodas civiles
¿Qué es?
Solicitud para la celebración de una boda civil en el término municipal, utilizando instalaciones municipales para la celebración de la misma y llevada a cabo por el Alcalde-Presidente o el concejal en quien delegue mediante Resolución de Alcaldía.
¿Quién lo puede solicitar?
La persona interesada o su representante legal.
Documentación a aportar
La documentación la tramitan directamente en el Juzgado correspondiente, bien en el de Cambre, si alguno de los contrayentes está empadronado en el Ayuntamiento de Cambre o bien, en los Juzgados correspondientes.
En el Ayuntamiento se deberá presentar:
– Solicitud.
– Fotocopia de los DNI de las personas contrayentes y testigos.
– Justificante de pago.
En el caso de que se actúe por representación, se deberá aportar, para su compulsa por el funcionario del SAC:
DNI original del representante
Documento que acredite la representación
Precio
– Cuando alguno de los contrayentes sea vecino del municipio: 90 €.
– Cuando ninguno de los contrayentes sea vecino del municipio: 180 €.
Plazo de presentación
En cualquier momento, no hay plazo establecido.